La Junta Central Electoral (JCE) manifestó que, de concretarse la propuesta del Gobierno en reducir en un 50% la asignación presupuestaria de los partidos políticos, contemplado en la elaboración del Presupuesto General del Estado, se afectaría la planificación, organización financiera, operativa, educativa y logística de los partidos.
A través de un comunicado de prensa, la JCE defendió que los organismos organizan el cumplimiento de sus gastos y obligaciones, en base a la certidumbre de la ley promulgada en 2025 y de la Resolución núm. 01-2026, del 15 de enero de 2026, de la Junta Central Electoral.
“Reiteramos, de materializarse la reducción presupuestaria, tendría un impacto negativo en los principios de certidumbre, legalidad e integridad electoral, además de la equidad en la contienda, la seguridad jurídica electoral y el ejercicio mismo de la democracia, sustentada en el sistema de partidos”, precisaron.
Indican que, conforme a lo dispuesto en el artículo 224 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, la contribución económica del Estado a los partidos, movimientos y organizaciones en años no electorales como el corriente, equivale a un 0.25% de los ingresos nacionales.
Por lo que someter las agrupaciones políticas a un nuevo reajuste, afectaría su operatividad.
Explicaron que son el órgano encargado de velar porque los procesos electorales se desarrollen con sujeción a los principios de libertad, equidad en las campañas y transparencia en el uso del financiamiento, conforme a los artículos 211 y 212 de la Constitución.
En ese sentido, realizaron un llamado a las autoridades competentes a actuar de conformidad con el marco constitucional y legal vigente, en respeto del sistema democrático y las reglas establecidas que garantizan la estabilidad del sistema de partidos.
“La Junta Central Electoral hace un llamado a las autoridades competentes y confía en que actuarán conforme al marco constitucional y legal vigente, en respeto del sistema democrático y de las reglas preexistentes que garantizan la estabilidad del sistema de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, la sana y justa competencia electoral, así como el cumplimiento de los fines esenciales reconocidos a dichas organizaciones políticas por el artículo 216 de la Constitución de la República Dominicana”, finalizan.





