El anuncio del presidente Luis Abinader de que próximamente será eliminada la disposición que establece que las personas mayores de 65 años solo pueden renovar la licencia de conducir por dos años, revela el desconocimiento del Poder Ejecutivo y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) sobre la sentencia vinculante TC/0005/20 del Tribunal Constitucional, emitida el 31 de enero de 2020, que declaró inconstitucional el límite de edad de 65 años para chóferes de transporte público.

Esta disposición fue establecida tras la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Fundación para la Promoción de Estudios Legales (FUNPREL), representada por el abogado Manuel Alejandro Bordas Nina, con la que el tribunal señaló que imponer limitaciones en función exclusiva de la edad contradice el artículo 57 de la Constitución Dominicana, el cual insta al Estado a promover la participación activa de las personas mayores en la sociedad.